Borrar
La consellera Salomé Pradas. LP

La Audiencia confirma la imputación de Pradas: «Podía contar con información de los caudales y sus consecuencias»

La Sala avala la hipótesis de trabajo de la jueza de instrucción y considera la investigación de la exconsellera «procesalmente inevitable»

A. Rallo

Valencia

Jueves, 19 de junio 2025, 14:49

La Audiencia de Valencia sigue, por el momento, confirmando la instrucción de la jueza de la dana. La Sala ha confirmado la imputación de la consellera Salomé Pradas por la falta de medidas de prevención para paliar los efectos de las extraordinarias lluvias. La jueza le atribuye la máxima responsabilidad en la inacción de la Generalitat que se traduce en un envío tardío del mensaje de Es Alert y en el error del contenido.

De igual modo, el tribunal de la sección segunda rechaza la posibilidad de imputar a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y del presidente de la CHJ, Miguel Polo, por una eventual responsabilidad en la gestión de la tragedia. No es la primera vez que la Audiencia se pronuncia en este sentido. En otra resolución anterior ya explicaba que la responsable no disponía de una posición de garante en el operativo. Un criterio compartido por la propia Fiscalía que apuntó su labor de mera coordinación en el dispositivo.

La novedad de la jornada radica, pues, en la resolución que afecta a la exconsellera. Pradas propuso el sobreseimiento. La Audiencia lo ha rechazado. Todos los magistrados de la sección Segunda -como ya hicieran en anteriores resoluciones debido a la importancia de la causa- coinciden en «identificar la fuente normativa del deber de actuar» que tenía la investigada, es decir, su competencia y la posición de garante que ocuparía frente a la población potencialmente afectada por la catástrofe.

Los magistrados mantienen que la jueza ha expuesto una «hipótesis de indebido incumplimiento de dichos deberes, con datos extraídos de las actuaciones que permiten sostener que Pradas contaba o podía contar con la información existente sobre los caudales de agua que se estaban acumulando como consecuencia de las lluvias torrenciales y sobre las consecuencias que estaban provocando y podían provocar en recorrido».

El auto recoge en varias ocasiones la precisión de en este momento de la investigación, es decir, cuando se produjo la imputación de la exconsellera, una condición que en ese momento resultaba «penalmente inevitable». No obstante, algunas declaraciones practicadas durante la instrucción -posteriores a la presentación del recurso de Pradas- han confirmado en parte la falta de información que se tuvo en el Cecopi sobre el barranco del Poyo, punto neurálgico de la tragedia.

La Audiencia considera que la defensa de Pradas no combate el sustento fáctico de la resolución. Su estrategia, al parecer, es diluir las responsabilidades personales en una pretendida «maraña normativa» y una multiplicidad de factores concurrentes. Pero la jueza ha construido una «hipótesis fáctica congruente con la información recabada sobre los hechos investigados y con lo que prevé la normativa aplicable».

Al margen de la actuación del presidente de la CHJ -no informó en el Cecopi del aumento de los caudales- la Sala avala la tesis de la jueza de que «había fuentes de información diversas y, entre ellas, el SAIH -Sistema Automático de Información Hidrológica-, que ofrecerían datos suficientes para poder tener conocimiento adecuado de la situación de peligro que se avecinaba y que exigía la adopción de medidas de protección a la población».

La Audiencia no aborda en ningún momento las medidas de prevención que debió adoptar y omitió la exconsellera. No existe ninguna referencia al famoso mensaje del Es Alert, que la instructora considera erróneo y tardío y que ha constituido uno de los pilares de la imputación de Pradas.

El tribunal se muestra cauto, como resulta lógico, en esta fase todavía inicial de la causa. De hecho, el auto subraya que la información que ofrezcan las diligencias en trámite «podría consolidar la hipótesis inicial sobre la responsabilidad de Salomé Pradas, o bien, podría permitir sostener, en relación con todos o parte de los hechos, autorías o explicaciones alternativas».

No fue esta la única resolución de un jueves de especial intensidad en el juzgado donde se investiga la dana, con la declaración de un nuevo testigo. En el segundo de los autos, los magistrados desestiman el recurso de apelación presentado por la asociación Hazte Oír contra la inadmisión de su querella contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y cuatro dirigentes de ese organismo: el secretario general, la comisaria de Aguas, el director técnico y la jefa de la Oficina de Planificación Hidrológica.

«No puede sostenerse la pretensión de la organización recurrente de abrir un procedimiento penal sin indicar ni atribuir hechos con trascendencia penal a persona alguna, pues de admitirse tal y como está planteada la querella frente a un organismo administrativo, las diligencias penales desembocarían en una investigación prospectiva prohibidas en nuestro ordenamiento», afirma la Sala.

Finalmente, la Audiencia ha rechazado también el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular que ejerce la asociación Liberum, a la que se adhirió la de Vox, contra la negativa de la juez de Instrucción de recibir declaración como investigada a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana.

En este caso, los magistrados reiteran los argumentos que ya expusieron en un auto de apelación anterior relativos al hecho de que la delegada no solicitara la declaración de emergencia nacional, así como sobre la atribución legal del mando único de la emergencia a la Administración autonómica en la dana.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

todoalicante La Audiencia confirma la imputación de Pradas: «Podía contar con información de los caudales y sus consecuencias»

La Audiencia confirma la imputación de Pradas: «Podía contar con información de los caudales y sus consecuencias»
OSZAR »